Barreras incompatibles con el uso previsto
Aquellas zonas de los edificios en las que se desarrollen
determinadas actividades incompatibles con la disposición de
barreras de protección de los desniveles, tales como escenarios,
estrados, plataformas de carga y descarga, etc., no precisan disponer
de protección atendiendo a la incompatibilidad con su uso específico
y reservado a personal que conozca dicho riesgo y a las precauciones
que deban tenerse en cuenta por este motivo.
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En las zonas de uso público se facilitará la percepción de las diferencias de nivel que no excedan de 55 cm y que sean susceptibles de causar caídas, mediante diferenciación visual y táctil. La diferenciación comenzará a 25 cm del borde, como mínimo.