En "Primer obstáculo: las aceras" vimos la
anchura de las aceras y las calles para que puedan ser accesibles,
ahora vamos a centrarnos en otros detalles más concretos de las
aceras, como son los componentes de las mismas:
En
la ley de la comunidad valenciana recomienda, no obliga, que los
bordillos de las aceras que sean mayor o igual a 0,18 metros, (18
centímetros como mínimo) en los itinerarios adaptados, salvo las
plataformas para transporte público que se regulan por otra
normativa. Es una cosa que no entiendo porque por ejemplo en
Extremadura, la altura máxima es de 12 centímetros, y los mismos
factores (estanqueidad del agua, orografía…) influyen tanto en una
comunidad como en la otra.
Los
vados son lo que llamamos comunmente rebajes o rampas, que sirven
para salvar la altura de la acera con la calzada. Pueden ser para
peatones o para vehículos, ejemplo de estos últimos en la salida de
un garaje, estos no los comentaremos porque no interesan para el tema
general del blog.
Vado
peatonal
Como
dice el nombre son los que son de uso exclusivo para peatones, y
en la Comunidad Valenciana debe tener los siguientes requisitos:
-
El vado no debe invadir la banda libre peatonal, ya vimos en que consiste la primera parte de “Primer obstáculo: las aceras” en que consiste esa banda, por eso en zonas donde el ancho de la calzada lo permita, se suelen ensanchar las aceras en lo que técnicamente llaman “orejas” donde se ponen los vados peatonales, a excepción de las calles que su anchura, como ya vimos anteriormente, que el ancho de las aceras no lo permita y el vado tenga que ocupar parte o el total del ancho de la misma.
-
La anchura de paso para peatones como mínimo debe de ser de 1,80 m, esto quiere decir que la zona que está enrasada o a nivel 0 con la calzada debe de medir 1,80 metros como mínimo.
-
La continuación entre la acera y la calzada, en los vados, deben estar sin ningún tipo de resalte y sin obstáculos.
-
Debe evitarse que se produzcan encharcamientos en los vados.
-
Los planos que que comuniquen el nivel de la acera con el de la calzada no deben tener una pendiente mayor a un 10%. Si está formado por varios planos, todos deben tener la misma pendiente.
-
La textura del pavimentos del vado debe claramente contrastar, tactil y visualmente, con la del resto de la acera. Esto quiere decir que debe de haber una franja de 1,20 metros de ancho, situado en el centro del vado, de diferente color a la acera desde la fachada hasta la calzada.
-
En los vados de enlace de itinerario peatonal con zonas de aparcamiento o cuando constituyan acceso a alimentos de mobiliario urbano, la anchura será de 1,50 metros.
En
este punto querría explicar unas cosas:
El
10% de pendiente quiere decir que el angulo que el angulo más
pequeño que forma la pendiente equivale a 5,71º, por tanto teniendo
en cuenta una altura mínima de 18 cm de altura de las aceras, y
siguiendo la siguiente formula sen5,71º=18/c (c equivale a la
longitud de la rampa). Despejamos la c y la formula queda
c=18/sen5,71º lo que da una longitud de 1,81 metros. Si la altura de
la acera fuera de 20 centímetros la longitud de la rampa tendría
que ser 2,01 metros. Y si la altura de la acera fuese de 25
centímetros la longitud de la rampa tendría que ser de 2,51 metros.
¿Cuantas
rampas que veis en las aceras que tengan estas medidas?
Como
vimos en Primer obstáculo: las aceras, la medida mínima que tenían
que tener las calles son 7 metros, eso sin tener en cuenta la medida
de las rampas, que como hemos visto como mínimo tienen que tener 1,8
metros de longitud, y teniendo en cuenta que hay que poner una en
cada acera, hace que la suma de las calles tengan que tener un mínimo
de 10,6 metros. Y con esto demostramos que es imposible en todas las
calles, a no ser que las calles fuesen peatonales, pero entonces ya
no harían falta las rampas.
Con esto no quiero decir que no se deben adaptar las aceras, es un deber hacerlo, pero es muy complicado cumplir la ley, ya que si adaptamos todas las calles algunas tendrían que pasar a ser peatonales y también entraría en conflicto con las plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
Y por lo tanto, contestamos a la pregunta anterior porque ese es el motivo que las rampas no tengan esas medidas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario